El Observador de O´Brien

 

 
 
Laboratorios Gamamed      
Locales Lectores Deportes Recuerdos Regionales Sociales

Irlandeses

   
Inicio Como llegar Turismo Restaurante San Patricio Familias Instituciones Bomberos  
Fotografías  Guia Rural Historia Arte Eventos Mensajes Eventos El Libro  
Proyectos del Concejal Mario Castroagudin, integrante del bloque del Frente Justicialista para la Victoria.
Fueron presentados ante el Honorable Concejo Deliberante con la intención de que se apruebe la incorporación de las licencias de los Concejales al Reglamento Interno del Cuerpo y la creación de un sitio web oficial.
 
El edil Mario Castroagudin, miembro del bloque Frente Justicialista para la Victoria, presentó dos proyectos ante el Honorable Concejo Deliberante para ser puestos en consideración por el cuerpo con la finalidad de que alcancen la fuerza de decretos. Los mismos serán tratados en la próxima sesión y buscan la incorporación de las licencias de los concejales al Reglamento Interno y la creación de una página web.
Proyecto de Decreto Ref* Incorporación licencias concejales al Reglamento Interno.-
VISTO:
Los pedidos de licencias de los Concejales al Honorable Concejo Deliberante; y,
CONSIDERANDO:
Que no existe reglamentación al respecto, lo cual puede conducir al abuso en la solicitud de las mismas.-Que la periodicidad de las licencias debe estar en todo de acuerdo a la función de representatividad de el/los Concejal/es que así lo soliciten.-
Que los motivos de dichas licencias deben tener justificada fundamentación, y guardar relación con la prolongación de las mismas.-
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Art. Nº 63), inc. 6) del Punto I) Administrativas, faculta al Honorable Concejo Deliberante a la reglamentación de las mismas.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:
DECRETO
ARTÍCULO 1º.- INCORPÓRESE al Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante los siguientes incisos:
1.- Las licencias de los Concejales deberán ser solicitadas a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante en los casos que prevén los siguientes puntos:
A.- Enfermedad propia o de familiar directo bajo simple presentación de certificado médico emitido por el profesional correspondiente.-
B.-  Por ser designado para ocupar un cargo en el Departamento Ejecutivo bajo solicitud por escrito del Sr. Intendente Municipal.-
C.- Por ser designado a realizar actividades en Organismos Provinciales o Nacionales, en todo de acuerdo con las leyes que regulen la compatibilidad de las mismas.-
D.- Por embarazo, nacimiento y/o complicaciones durante el mismo, salvo resguardo de la legislación vigente en materia de derecho laboral.-
E.- Por ser integrante de Organismos no Gubernamentales, Asociaciones Civiles o Fundaciones y cumpla en ellas tareas de representatividad.-
F.- Por fallecimiento de un familiar.
ARTÍCULO 2º.- Las licencias de los Concejales, excepto motivos expresados en el punto A) y F) del Art. 1º) del presente decreto, no podrán exceder el trece por ciento (13) de la totalidad del tiempo de duración de su mandato.-
ARTÍCULO 3º.- Si el pedido del o los Concejales no se ajustara a alguna de estas disposiciones  en el Concejo, en uso de sus atribuciones, podrá rechazar el pedido del Concejal debiendo éste concurrir a sus tareas legislativas normalmente.-
ARTÍCULO 4º.- Los Concejales pueden renovar sus licencias con exclusividad en los casos contemplados en B) y C) sin consideración del Art. 2º) del presente Decreto, para lo cual se realizarán los pasos previos.-
ARTÍCULO 5º.- DE FORMA.-
 
Proyecto de Decreto Ref* Creación pág. Web H.C.D.-
VISTO:
La importancia de la tecnología como instrumento de transparencia gubernamental y comunicación social; y,
CONSIDERANDO:
La necesidad de una fluida comunicación entre la ciudadanía y el Honorable Concejo Deliberante.
Que el Honorable Concejo Deliberante como organismo independiente de gobierno debe contar con un sitio Web destinado a los temas que le son de incumbencia.-
Que la ciudadanía en general tiene el derecho a recibir información sobre el desempeño de sus representantes, a verter opiniones y sugerencias y ser parte activa del acontecer político local.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:
DECRETO
ARTÍCULO 1º.- CRÉASE un sitio Web de carácter oficial destinado a los temas que son inherentes al Honorable Concejo Deliberante.-
ARTÍCULO 2º.- El mismo debe contar con espacios destinados mínimamente a:
La totalidad de los proyectos presentados por los Concejales en el transcurso del período previo a la finalización del orden del día próximo correspondiente.-
La confección de una base de datos compuesta por la totalidad de los proyectos aprobados y/o derogados con anterioridad; tomando como punto de partida la apertura de las sesiones ordinarias del HCD del año 2005 y diferenciándoles por la especificidad de su contenido.-
Constitución del Cuerpo, Bloques, Autoridades de los mismos y conformación de las distintas Comisiones Internas de trabajo.-
Opinión de la totalidad de los Concejales sobre los diferentes temas.-
Opinión de la ciudadanía sin ningún tipo de restricción, la cual podrá hacer uso de esta herramienta adjuntando a la misma necesariamente:
Nombre y apellido.
DNI.
Fecha de nacimiento.
Dirección
Correo electrónico.
Teléfonos, correos electrónicos y todo dato de interés referido a dicho órgano de gobierno.
Síntesis de las sesiones tomando en cuenta las posiciones adoptadas por cada bloque, resultado de las votaciones, etc.-
ARTÍCULO 3º.- AJÚSTESE a la legislación vigente.-
ARTÍCULO 4º.- DE FORMA.-
 
Volver...